Consideraciones Corte Suprema Sala Penal
En la entrada "Consideraciones Corte Suprema Sala Penal" visible a la derecha de esta publicación, dentro del título PÁGINAS, pueden observarse las razones que tuvo en cuenta dicha Corporación para confirmar la medida de aseguramiento, privativa de la lbertad, contra un ex-Senador de la República al que se le investiga por Concierto para Deliquir Agravado, casi nada.
Lo que pongo de manifiesto es que este tipo de delito siempre va a comportar detención preventiva, pues es muy fácil decir que el imputado representa un peligro para la seguridad de la sociedad, tal como pregona uno de los requisitos subjetivos del artículo 308 (desarrollado por el 310) de nuestro Código de Procedimiento Penal y que la Ley 600 de 2000 (anterior código procesal) también traía.
Independiente del presunto riesgo de obstrucción manifiesta, dadas las entrevistas vertidas, el delito en sí determina la imposición de la prisión preventiva.
Parecer ser que la presunción de peligro para la sociedad y la presunción de obstrucción de la justicia pesan más que la presunción de inocencia.